Todos hemos oído hablar de ellas, pero, ¿realmente sabes qué son?
Son tarjetas de crédito, en las que en lugar de pagarse a fin de mes, se aplaza el pago del capital en “cómodos plazos”. Sobre ese capital aplazado se aplican unos intereses, que en este tipo de tarjetas viene a ser muy abusivo.
Así, nos encontramos que la deuda no para de subir, por un lado lo aplazado, que a su vez va creciendo con el alto interés que se le aplica, y así entramos en una bola de nieve que nunca termina.
¿Qué intereses se aplican?
En este tipo de tarjetas, que han comercializado entidades como Wizink o Evo, entre muchas otras, suelen tener unos intereses de entre el 25 y el 30% de intereses.
En nuestro país, desde hace muchos años el concepto de Usura ha estado fuera de la circulación, aunque actualmente los Juzgados lo han desempolvado para ayudar al pequeño consumidor en casos como estos en los que la entidad bancaria hace uso de su superioridad frente al pequeño consumidor.
El Tribunal Supremo, el pasado 4 de marzo de 2020, se pronunció sobre este tema cuando la entidad Wizink recurrió una sentencia anterior en la que “había declarado la nulidad de un contrato de crédito ‘revolving’ mediante uso de tarjeta por considerar usurario el interés remuneratorio, fijado inicialmente en el 26,82% TAE y que se había situado en el 27,24% a la fecha de presentación de la demanda”.
¿Tienes una tarjeta de este tipo? ¿Crees que podrías tenerla?
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Sofía Martínez Hernández
Abogada
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