En el siguiente artículo vamos a analizar cómo afecta a los clientes de estas dos entidades la fusión que se ha anunciado hace unos días.

Consecuencias de la fusión anunciada entre las cajas de ahorros Bankia y Caixabank
En primer lugar, hemos de decir que las dos cajas se han fusionado con un objetivo prioritario: ahorrar costes y aumentar el valor de sus acciones, al convertirse en una entidad más grande y solvente, aunque no se puede negar que las evidentes consecuencias económicas derivadas de la Covid-19 han ayudado a que dicha operación se materialice en un momento tan crucial como este.
El Estado, ha pasado así de controlar a través del Fondo de Reestructuración y Ordenación Bancaria cerca del 60% de las acciones de BANKIA al 16.1% de la entidad resultante, y, por su parte, la Fundación La Caixa, controlará el 30% de la misma.
Debido a la fusión, y a que, evidentemente, hasta este momento cada caja contaba con sus propios productos, sus propias condiciones, etc., los clientes se preguntarán si se van a producir cambios que les afecten directamente. Diferentes asociaciones para la defensa de los consumidores ya han pedido a las cajas que aseguren una efectiva protección a los mismos fijando criterios y soluciones comunes frente a varios problemas que presentan, como, por ejemplo, que ambas entidades estén inmersas en litigios por diferentes productos financieros (tarjetas revolving, preferentes), o por solicitudes de anulación de diversas cláusulas contenidas en sus contratos.
Y ¿qué cambios pueden esperar los usuarios?
Debemos decir que no se producirán grandes cambios a corto plazo que afecten directamente a los usuarios, siendo las modificaciones más evidentes y notables el cierre de determinadas oficinas de alguna de las entidades a lo largo del tiempo.
¿Qué pasa con los números de cuenta de los clientes de BANKIA?
Pues hemos de decir que, aunque el número de cuenta no sufrirá cambios, ya que se asociará de manera automática al nuevo número de cuenta que se le de por parte de la entidad resultante (sin que el usuario deba realizar ningún trámite), sí que se verá modificado su IBAN.
¿Qué pasará con los recibos que los clientes tengan domiciliados?
De momento no conocemos si la nueva entidad se va a encargar de realizar los trámites del cambio de cuenta a las compañías con las que el cliente tuviera domiciliados sus pagos, por lo que el cliente deberá tener, de momento, la precaución de recopilar las comunicaciones que reciban de la nueva entidad a este respecto, así como los recibos de los servicios cuyo pago tenga domiciliados para evitar recargos por demoras en dicho pago por una posible mala gestión del banco en dicha operación, pudiendo el cliente reclamar al propio banco si se diera el caso.
¿Qué ocurre con los contratos de cuenta, de tarjetas y de hipotecas?
De momento no se conocen las políticas comerciales que la nueva entidad va a desarrollar para estos productos, por lo que habrá que esperar a que se comuniquen a los clientes. Pero sí que se asume que varios productos como los contratos de cuenta corriente o de tarjetas de crédito pueden sufrir cambios en sus condiciones, debiendo la nueva entidad comunicarlo a cada cliente. Quedarán a salvo y no sufrirán cambios los contratos de préstamos personales y de hipoteca que se suscribieran en su momento.
David Santos Monteagudo
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